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Noticias sobre Iztueta en los registros de las Juntas 
Generales de Guipuzcoa
Una buena fuente de noticias para el conocimiento de personas y de sucesos constituyen sin duda los Registros de las Juntas Generales. Para acopio de datos sobre la figura de Iztueta, acudimos a la Biblioteca de la Diputación, donde consultamos los volúmenes allí existentes desde 1829 a 1846, excepto lo de los años 1833 a 1839 que no figuran. Al parecer sí están en el Archivo Provincial de Tolosa, que no hemos consultado.
 
En las celebradas en Tolosa en año 1829, siendo secretario Juari Bta de Arrizabalaga, leemos: "Se presentó a la Junta el descargo de D. Juan de Ignacio de Iztueta de que se pongan en los archivos de los pueblos de la provincia a cada ejemplar de su libro de bailes antiguos de ella, y del cu arde no de música y canciones, el cual es del tenor siguiente (pág. 71, 72 y 73).
 
"ídem 260 reales vellón pagados a Juan Ignacio de Iztueta para indemnización de otros tantos que tiene suplidos en la consecución de las licencias en Madrid para la impresión de la colección de canciones antiguas bascongadas y su carta de contestación al presbítero D. Juan José Moguer sobre el folleto titulado Plauto Bascongado escrito por el Rvdo. Padre Fr. Bartolomé de Sta Teresa, como consta del libramiento n"362".
 
En las celebradas al año siguiente de 1830, en los pagamentos de salarios de los empleados en el Ramo de la Policía leemos: "ítem, 1840 reales de vellón pagados a D. Juan Ignacio de Iztueta, celador de la puerta de tierra en la ciudad de San Sebastián por su salario de medio año como consta en los libramientos n° 456, 499, 543, 660 y 751".
 
En las celebradas en Azpeitia en 1831: "It. 590 reales de vellón pagados a D. Juan Ignacio de Iztueta, celador de Policía en la Puerta de tierra de la ciudad de San Sebastián por su salario correspondiente a los dos primeros meses del año, como consta de los libramientos nº 75 y 126"(pag.10).
 
En las celebradas en la villa de Hernani en 1832: "It. 590 reales de vellón a D. Juan Ignacio de Iztueta por su salario correspondiente a los dos primeros meses del año, como consta de los libramientos n° 75 y126".
 
En 1840, en las celebradas en Cestona, siendo secretario Ramón de Guereca, se le señala al folklorista una pensión vitalicia.
 
La reclamación de no haber cobrado seis meses en 1834 por obstáculos de guerra —se dice— ha sido objeto de un examen especial especial y se ilustró que con informe que D. Agustín de Iturriaga el 19 de julio de 1839 dio a la diputación provincial de que era vocal, y cuyas conclusiones adoptó dicha corporación en decreto de 2 de agosto del mismo año rechazando la reclamación" (págs. 112). En la página siguiente (113) se lee: "con este motivo la representación de la villa de Azpeitia puso en consideración de la Junta que en las circunstancias actuales convendría mucho estimular el celo de todos aquellos que quisiesen ocuparse en describir el carácter y el uso de los Vascongados para que de este modo se hiciesen públicas las excelencias de este país: que teniendo noticia de que el guipuzcoano D. Juan Ignacio de Iztueta, se ocupa hace tiempo en escribir una obra de esta naturaleza, desearía que se le consignase una pensión vitalicia, que le sirviese de incentivo para la conclusión de dicha obra y de premio para la que anteriormente tiene publicada sobre las danzas y canciones antiguas del país. La Junta tomó en consideración y acogió con su acostumbrada benevolencia la precedente exposición, y en su vista teniendo presentes los méritos contraídos por el referido D. Juan Ignacio de Iztueta, acordó señarle una pensión vitalicia de seis reales diarios, a condición de que a su muerte habían de quedar como propiedad de esta Provincia tanto la obra que anteriormente tiene escrita sobre los bailes y canciones antiguas del País, como cualquiera otra que publique o deje escrita sobre el carácter, usos y costumbres del país.
 
Presupuestos de 1841. Contaduría de la provincia de Guipúzcoa. Registro de los libramientos que expide la Diputación de esta M.N. y M.L:, a cargo de su tesoro general. D.Juan Bf de Arrizabalaga del 1 de enero de 1841: "... A Juan Ignacio de Iztueta, vecino de la villa de Zaldibia 186 reales de vellón por la pensión vitalicia de los seis reales diarios señalada por las últimas Juntas generales celebradas en la villa de Cestona, y corresponde al último mes de enero". (Se dio otro r. duplicado en atención a haberse perdido el le. con fecha de 5 de febrero de 1841).
 
En las Juntas de Azcoitia, celebradas en mes de marzo de 1841;"Id. 168 a D. Juan Ignacio de Iztueta correspondiente al mes último". (También hay otros libramientos en los n°.s 384, 464, 609, 684).
 
En las entradas y salidas de fondos habidos en la tesorería de Guipúzcoa del 7 de agosto de 1844 hasta el 1 de julio de 1845, bajo el título acreedores comunes y otros (pag.8): "AD. Juan Ignacio de Iztueta por el importe de dos libramientos que expidió a su favor la Diputación Foral con fechas 1 de noviembre y 1 de Diciembre de 1835 para pago de su sueldo como alcalde de Corregimiento de esta Provincia,610 reales de vellón".
 
Hemos ido dejando noticias de interés sobre Agustín Pascual de Iturriaga como sobre Juan Bta. de Arrizabalaga. Recojamos estas dos, de la página 10: Al secretario D. Ramón de Guereca en remuneración de los servicios que presto el País y de los perjuicios que tuvo en su última emigración a Francia con motivo de los acontecimientos de Octubre de 1841, 14.000 ris. vellón. Id. al presbítero D. Agustín Pascual de Iturriaga por 110 ejemplares de la obra que escribió con el título de "Arte de aprender la lengua castellana" y de otros 110 ejemplares de "Diálogos Vasco-castellanos". 440. Un poco más adelante, en la página 13, bajo el epígrafe de Pensionistas: "pagados por las pensiones correspondientes a los meses de Mayo y Junio de este año, a saber: a D. Juan Ignacio de Iztueta, 336 reales".
 
En el registro de las Juntas Generales en la villa de Azcoitia de 1846, siempre de secretario Ramón de Guereca, se lee en la pág. 19: "Viuda de Iztueta: pasa a la Diputación su instancia pidiendo alguna gracia por los servicios que su difunto marido prestó al país. Igualmente se enteró la Junta de la solicitud de la viuda de Iztueta sobre que se la otorgue una gracia sobre los servicios que su difunto marido presto al país y acordó que pasara esta instancia a la Diputación, para que consultando todos los antecedentes que existen en la materia, adoptara en su vista aquella resolución que le parezca más conveniente, sin que no obstante pueda otorgar ninguna clase de pensión".

JOSÉ GARMENDIA

Real Sociedad Vascongada de Amigos del País,
año XXX, cuadernos 3a y ís, 1974